1.1. PACTO COLECTIVO
Es un mecanismo de negociación
colectiva entre empleador y trabajadores no sindicalizados, cuyo fin es
terminar los conflictos colectivos de trabajo, determinar las condiciones de
trabajo durante la vigencia del pacto colectivo y se rige por las mismas
normas que la convención colectiva. Se aplica únicamente a quienes lo hayan
suscrito o a quienes posteriormente se adhieran, en otras palabras, no se
aplica de manera extensiva a otros trabajadores, independientemente del número
|
|
de trabajadores que lo hayan suscrito en relación con el número total de trabajadores. Se debe celebrar por escrito y enviar una copia al Ministerio dentro de los 15 días posteriores a su firma.
1.2. VÍDEO EXPLICATIVO
Como se mencionó anteriormente se celebra con trabajadores no sindicalizados, a menos que el sindicato este compuesto por más de un tercio de los trabajadores de la empresa, en este caso no se puede celebrar el pacto o hacer una prórroga de los pactos existentes. Por disposición legal solamente puede haber un pacto colectivo vigente. |
Vídeo resumen de Pactos Colectivos
Politécnico Grancolombiano
Derecho Laboral Individual - 2016-- Created using PowToon -- Free sign up at http://www.powtoon.com/youtube/
1.3. EJEMPLOS DE ALGUNOS BENEFICIOS DEL PACTO COLECTIVO